La cita que nunca llega
La cita que nunca llega
Cuando pedir ser escuchado parece un privilegio
Una aplicación de correo electrónico en un teléfono móvil.
Un ciudadano recibe una notificación de una Administración. El asunto le preocupa y le afecta directamente. Ha presentado escritos, ha formulado alegaciones y, ante la trascendencia de lo que se tramita, solicita algo aparentemente sencillo: hablar con la persona que conoce el expediente y explicar mejor su posición. No pide sustituir el procedimiento por una conversación informal. No pide que se resuelva nada de palabra.
En respuesta a su solicitud recibe un correo electrónico, que siquiera identifica al remitente, con una estereotipada y fría contestación:
«La documentación debe presentarse formalmente por registro, a través de la sede electrónica o del Registro Electrónico General, dirigido al órgano correspondiente. A las alegaciones o documentación formalmente presentada por los cauces legalmente previstos se les dará respuesta por la misma vía. Si tienen alguna cuestión en el procedimiento, es posible atenderles por email, dado que no se requiere de una cita presencial para ello» (sic).
Conviene aclararlo desde el principio: probablemente esa respuesta no sea ilegal. La ley no reconoce, con carácter general, un derecho automático a reunirse presencialmente con el responsable de un........
