Documentación desclasificada
27 de febrero 2026 - 03:08
Seguridad que no por razones de memoria histórica -bastante más hay del primer término que del segundo en este sintagma-, se mantiene todavía vigente la Ley 9/1968, de 5 de abril, sobre Secretos Oficiales, promulgada en pleno franquismo. El comienzo del preámbulo de esta disposición resulta interesante: “Es principio general, aun cuando no esté expresamente declarado en nuestras Leyes Fundamentales, la publicidad de la actividad de los Órganos del Estado, porque las cosas públicas que a todos interesan pueden y deben ser conocidas de todos”. Si bien, por más que la publicidad haya de ser característica de la actuación de los órganos del Estado, es “innegable la necesidad de imponer limitaciones, cuando precisamente de esa publicidad puede derivarse perjuicio para la causa pública, la seguridad del mismo Estado o los intereses de la colectividad nacional”. Limitación que lleva a establecer la naturaleza de los “secretos oficiales”, pues así deben considerarse “aquellas cuestiones cuyo conocimiento por personas no autorizadas pueda dañar o ponga en riesgo la seguridad del Estado o los intereses fundamentales de la Nación”. De modo que esa misma ley de la dictadura establece, en su artículo segundo, la derivada entidad de las “materias clasificadas”, propia de los asuntos, actos, documentos, informaciones, datos y objetos asimilables a secretos oficiales por la razón antedicha. Tales “materias clasificadas” pueden calificarse, en función del grado de protección que requieran, en dos categorías: “secreto” y “reservado”. Y corresponde esta calificación al Consejo de Ministros, del mismo modo que la cancelación de una u otra de esas calificaciones.
Que continúe vigente esta ley de hace casi 60 años acaso tenga que ver con su validez y utilidad incontestables, pero se hace extraño que no haya sido objeto de derogación con una nueva regulación en el periodo democrático. Cumplidos 45 años del intento de golpe de Estado de 23 de febrero de 1981, el Consejo Ministros, de acuerdo con la regulación franquista sobre los secretos oficiales, ha descalificado, en la sesión que celebró el pasado 24 de febrero, la documentación relativa a ese acontecimiento. Decisión que no parece llevar a un revisionismo histórico de hechos que han reclamado sobrada atención, sino más bien a evidencias que corrijan o precisen interpretaciones poco fundamentadas.
Asimismo, esta descalificación hace reparar en si tienen el carácter señalado los asuntos que, actualmente, se declaran materias clasificadas y las razones que hacen pertinente, o no, tanto esa clasificación como su cancelación.
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