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Lealtad institucional y Estado autonómico: en defensa del presidente de Canarias

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14.05.2026

La reciente crisis sanitaria originada a bordo del crucero MV Hondius ha puesto de manifiesto una profunda disfunción en las relaciones institucionales entre el Estado y la Comunidad Autónoma de Canarias. La gestión de esta emergencia, caracterizada por la actuación unilateral del Gobierno español, no solo ha generado una justificada alarma social -hasta la noche del sábado 9 de junio las discrepancias entre el Estado y Canarias no eran públicas-, sino que ha supuesto un grave menoscabo de la figura del presidente de Canarias, vulnerando los principios de lealtad institucional, cooperación y el rol que la propia Constitución le atribuye.

La posición del presidente de una comunidad autónoma no es meramente administrativa o de gestión interna. Conforme al artículo 152.1 de la Constitución Española, el presidente ostenta una triple condición de capital importancia: no es solo el presidente de un gobierno autonómico, es mucho más que eso, es el supremo representante de la Comunidad Autónoma y, simultáneamente, el representante ordinario del Estado en su territorio.

Esta triple realidad no es simbólica; es la piedra angular de la arquitectura del Estado de las Autonomías. Como representante ordinario del Estado, el presidente no es un mero........

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