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Argentina se equivoca

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16.07.2026

Argentina se equivoca al intentar arrastrar a Chile a su conflicto con el Reino Unido por la soberanía del archipiélago de las islas Falkland/Malvinas (y por extensión instrumentalizar nuestro apoyo a “la causa de Malvinas” para validar sus pretensiones de soberanía sobre las islas Georgias, Sándwich, Orcadas y Shetland del Sur, y parte sustantiva de la Península Antártica).

Sostengo lo anterior a propósito del “grave malestar” que causó en dicho país la recalada en Punta Arenas del patrullero británico HMS Medway (temporalmente destacado en Port Stanley). Su presencia en el estrecho de Magallanes ameritó -según diversas fuentes- una dura “Nota de protesta” ante el gobierno chileno.

Argentina sostendría que, al autorizar la recalada de la nave británica, Chile violó la “neutralidad del estrecho de Magallanes”. Eso, conforme con su particular interpretación de la norma sobre la “neutralidad permanente” de dicho pasaje interoceánico (íntegramente chileno), prescrita en el Tratado de Límites de 1881, y ratificado en el Tratado de Paz y Amistad de 1984 (TPA).

Argentina interpretaría que -además- Chile habría incumplido “un compromiso” con el Mercosur (que data del gobierno Piñera 1), respecto de prohibir en nuestros puertos la recalada de buques británicos provenientes de las islas Falkland/Malvinas.

En definitiva, “por nota diplomática”, Argentina habría acusado a Chile de contribuir a la “consolidación de la soberanía británica” en las Falkland/Malvinas, archipiélago que, como sabemos, considera parte de su territorio.

En esto, como en otras cosas, Argentina se equivoca: Chile no es (ni debe ser) parte del “problema de Malvinas”.

La neutralidad del estrecho de Magallanes

Estamos en presencia de una acusación argentina que, en concreto, reclama a Chile la “violación los tratados vigentes”. Gravísimo.

No es así. Primero, porque en el contexto jurídico en el que la “neutralidad del estrecho de Magallanes” fue establecida (primero unilateralmente por Chile y luego incluida en los compromisos de 1881), tal medida se entendía aplicable a naves de “países beligerantes en conflictos armados”. Por esa razón, durante la Primera y la Segunda Guerra Mundial, Chile prohibió “a todos los beligerantes” el uso del estrecho (salvo el paso ininterrumpido para “cambiar de océano”).

Lo anterior además porque, paralelamente, en las aguas del estrecho se aplica el principio de “libre navegación para todas las banderas”, incluidas aquellas de Argentina y del Reino Unido (y/o de las islas Falkland). En esto cualquier excepción importaría una violación de los compromisos pactados en 1881 y 1984.

Entendemos, además, que entre Argentina y el Reino Unido no existe un “estado de guerra”, es decir, a ninguno de esos países resulta aplicable la categoría de “beligerante” para, en función del “principio de neutralidad”, prohibir que sus naves -militares o........

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