Observaciones básicas a la ley de Amnistía
La aprobación de esta ley no es estrictamente necesaria para continuar las excarcelaciones de presos políticos iniciadas en diciembre del año pasado. Además, su discusión y aprobación podría retrasar el proceso de salida de prisión de quienes deban salir y crear, como en efecto ha ocurrido, una fuente de discordia y discusión en el país, que sería aprovechada, tal y como está ocurriendo, por quienes no quieren la normalización de la situación económica y política nacional.
La aprobación de esta ley no es estrictamente necesaria para continuar las excarcelaciones de presos políticos iniciadas en diciembre del año pasado. Además, su discusión y aprobación podría retrasar el proceso de salida de prisión de quienes deban salir y crear, como en efecto ha ocurrido, una fuente de discordia y discusión en el país, que sería aprovechada, tal y como está ocurriendo, por quienes no quieren la normalización de la situación económica y política nacional.
No se entiende que la propuesta sea para una ley de amnistía, que cubra también un período que ya fue objeto de la Ley de Amnistía e Indulto de 2008, firmada por el presidente Chávez, que incluyó todas las acciones políticas contra su gobierno de 2002: golpe de Estado de abril, paro empresarial y sabotaje petrolero de diciembre 2002 – enero 2003 y los asesinatos de manifestantes opositores y progubernamentales en la avenida Baralt y alrededores y en Puente Llaguno.
No se entiende que la propuesta sea para una ley de amnistía, que cubra también un período que ya fue objeto de la Ley de Amnistía e Indulto de 2008, firmada por el presidente Chávez, que incluyó todas las acciones políticas contra su gobierno de 2002: golpe de Estado de abril, paro empresarial y sabotaje petrolero de diciembre 2002 – enero 2003 y los asesinatos de manifestantes opositores y progubernamentales en la avenida Baralt y alrededores y en Puente Llaguno.
Debería definirse, dentro de la ley, los conceptos de amnistía general y plena. Así mismo, deberían señalarse claramente los delitos excluidos en la ley, además de los que la constitución excluye. De esta manera se evitaría la posibilidad de discrecionalidades judiciales futuras al respecto.
Debería........
