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Evaluar no es medir: La urgencia de una pedagogía de la sensibilidad en tiempos de complejidad

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06.08.2026

La Constitución, la Ley Orgánica de Educación, la LOPNNA y el Reglamento General de la LOE, con especial fuerza en sus artículos 88 (numerales 1 y 3), 92 y 112. Estos no deben ser simples papeles engavetados en una dirección; puesto que constituyen nuestro escudo ético y nuestra hoja de ruta pedagógica.

Este marco normativo se complementa de forma contundente con las Circulares Ministeriales N° 000004 (2009) y N° 006696 (2012), todo lo cual fue expresamente ratificado en el documento del 12 de junio de 2017 emanado de la Dirección General de Registro y Control Académico del MPPE, el cual obliga a agotar las actividades de superación pedagógica antes de emitir un juicio definitivo. La norma no deja lugar a dudas: evaluar es descubrir el potencial del estudiante, descifrar su contexto y reorientar la enseñanza.

Cabe destacar, que cuando la reprobación alcanza o supera el 30%, la ley nos exige un acto de responsabilidad institucional: detener la marcha, emprender una investigación pedagógica y construir soluciones colectivas para que nadie se quede atrás.

Tener sensibilidad pedagógica y ser flexibles en momentos difíciles no es "regalar notas" ni descuidar el nivel, como dicen quienes confunden la firmeza con la rigidez. Es, sencillamente, hacer justicia, ponernos en la piel del otro y defender el derecho humano a aprender.

La escuela en la encrucijada

En la........

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