El rostro de la “soberanía” del siglo XXI
Un problema, entre tantos, que hace de la teoría política un recurso desgastado, es la insuficiencia o imprecisión de construcciones conceptuales el cual, ante la dinámica política que ha trastornado la sociedad, y que en buena medida la tiene enmarañada, perturbada y aturdida, es la “soberanía”. La misma, de poco o nada ha servido como fundamento capaz de revitalizar el ejercicio de la política. Muchas confusiones que conducen a vagas interpretaciones.
En consecuencia, la praxis política se ha visto confundida en su necesaria procura de regular funciones que comprometen el devenir social, administrativo, económico y político que atañe a la sociedad en su esencia, exigencias y singularidad.
Complicaciones conceptuales
La “soberanía” -en tanto que concepto- tiene implicaciones no sólo de orden político, económico y social. Igualmente, exhibe cargos de naturaleza jurídica. Todo lo cual le imprime contracciones que tocan aspectos que comprometen la justicia, la toma y elaboración de decisiones y el libre albedrío entendido como recurso humano.
Por tales complicaciones, la “soberanía” se ha visto equivocadamente interpretada. Especialmente, cuando se busca determinar en quién recae su atención. No obstante, su solución busca depender del punto de vista que se adopte “políticamente”. Este problema revela que algunas construcciones conceptuales se han presumido y trabajado como criterios guías al momento de argumentar razones que intentan avalar particularidades que estructuran la democracia como sistema de gobierno. He ahí una engorrosa complicación conceptual.
A este respecto, es necesario revisar el concepto de “soberanía” enunciado por la doctrina jurídica. Tanto es, que incluso se habla de “soberanía jurídica” y que a juicio de Sánchez Viamonte, la concibe como:
la plenitud lograda por la voluntad popular del pueblo para determinarse y manifestarse, de suerte que está comprendida en........
