Excepcional y de fuerza mayor
A raíz de la agresión militar a Venezuela el 3 de enero de 2026 y del secuestro del presidente Maduro, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia consideró que los hechos configuran una situación excepcional, atípica y de fuerza mayor no prevista en la Constitución, lo que obligó al TSJ a dictar una medida de protección para garantizar la continuidad administrativa del Estado y la defensa de la nación.
En ese sentido, la jurisdicción constitucional estableció que en el estado actual de urgencia manifiesta y amenaza cierta, resulta imperativo y necesario disponer........
