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¿Y si la Soberanía popular modifica su preferencia política en 2027?

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02.06.2026

La cita electoral para actualizar la integración de la Cámara de Diputados, que se dará en el año de 2027, permitirá que la conformación de ésta pueda ser modificada, en cuyo caso variará la correlación de fuerzas entre las distintas formaciones partidistas en lo que será la LVII legislatura del Congreso Federal.

Así el pueblo, como sujeto que da origen a la Soberanía nacional, acreditará -como ocurre en cada elección- que cuenta con la facultad y capacidad de alterar el peso que tienen los partidos, a través de sus representantes electos en el Congreso.

En efecto, conforme a los términos del artículo 39 de la Constitución, se prescribe que todo poder político dimana del pueblo; a su vez, el 41 de la propia Carta Magna, entre sus disposiciones, determina que la Soberanía se ejerce por medio de los Poderes de la Unión, en tanto establece también que la renovación de los poderes Ejecutivo y Legislativo se realizará mediante elecciones libres, auténticas y periódicas.

Por ende, estará en manos de la determinación soberana del pueblo optar por construir, en los próximos comicios federales, una ecuación política distinta, a la actual, en la Cámara de Diputados. Será una expresión, cabe reiterar, de la Soberanía, conforme a las disposiciones previstas para calificar las elecciones y declarar su validez.

Sin embargo y, de acuerdo a la reforma constitucional recientemente aprobada respecto de incorporar........

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