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Iván Cepeda no puede participar en otra consulta popular

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29.01.2026

De acuerdo con la Constitución Política, para escogencia de candidatos propios o por coalición, los partidos o movimientos políticos podrán celebrar consultas internas, populares o interpartidistas, según lo previsto en sus estatutos y en la ley.

Tratándose de consultas populares, en las cuales puede participar cualquier ciudadano, se aplican las normas de financiación y publicidad de las campañas, su resultado es obligatorio. Quien participe en la consulta de un partido o movimiento político o interpartidista no podrá inscribirse por otro en el mismo proceso electoral.

La Ley 1475 de 2011, de organización y financiamiento de los partidos y movimientos políticos, en su artículo 7º, señala que quienes hayan participado como precandidatos quedarán inhabilitados para inscribirse como candidatos en cualquier circunscripción dentro del mismo proceso electoral por otro partido o coalición. Así mismo,........

© Revista Semana