menu_open Columnists
We use cookies to provide some features and experiences in QOSHE

More information  .  Close

Elección de jueces: un proceso sucio y viciado

2 22
saturday

En el proceso para elegir a los jueces se han presentado algunas novedades, la primera: el tribunal electoral, por sí, en violación de la Constitución, incrementó su competencia y actuando como autoridad soberana, que no lo es, aumentó las facultades del Senado; como consecuencia, privó al Pleno de la Corte de una función que la Constitución le confiere expresamente.

La segunda, varias ministras, a la vista de todos y con la complicidad de las autoridades electorales, se hallan en plena precampaña. Otra más: la celebración de sorteos amañados, y una última: la presencia de una candidata que se hace llamar “ministra del pueblo”.

La primera implica una violación grave a la Constitución: la destrucción del principio de que los tribunales sólo pueden actuar dentro de los límites de su competencia y que el Senado es un cuerpo colegiado con facultades limitadas.

La segunda es una violación a las leyes electorales que, en un país en el que se respeten las leyes, sería motivo y causa suficiente para descartar a las infractoras como candidatas; la tercera: la celebración de tómbolas amañadas y sucias que han viciado el procedimiento; y la cuarta, la presencia de una candidata, que para ganar votos recurre a un expediente barato y demagógico.

El Senado, como órgano colegiado, es un ente que cuenta con facultades limitadas: únicamente goza de aquellas que la Constitución le confiere expresamente; ese es el principio que se desprende del artículo 76 constitucional:

Artículo 76: Son facultades exclusivas del Senado:

…

X. Las demás que la misma Constitución le atribuye.

El Senado, que es una parte del Poder Legislativo, en aplicación del artículo 124 constitucional, goza de facultades enumeradas y, por lo mismo, limitadas; sólo puede actuar en aquello que se le ha atribuido expresamente en la Constitución. En aplicación de ese precepto, debe entenderse que otras funciones, como la de seleccionar a los candidatos a ministros, magistrados y jueces que la Constitución confiere el Pleno de la Corte, no le corresponde, lo tiene prohibido hacerlo.

El........

© Proceso