Si la prepagada falla, la EPS naufraga
Colombia no puede seguir acostumbrándose a que la salud se reclame como un favor y no como lo que es: un derecho fundamental ligado de manera inseparable a la vida y a la dignidad humana. Cuando una persona enferma debe pelear por una cita, por un medicamento o por la continuidad de su tratamiento, no estamos ante una simple falla administrativa, sino ante una herida abierta al Estado social de derecho.La Constitución es clara: el artículo 11 protege la vida como inviolable; el artículo 49 reconoce la salud como un derecho y un servicio público; y el artículo 1 consagra la dignidad humana como uno de los pilares del orden constitucional.La Corte Constitucional ha sido enfática en esta materia. En la Sentencia T-760 del 2008 la Corte advirtió que el sistema no puede levantar barreras que vuelvan ilusorio el acceso real, oportuno e integral a los........
