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Orlando Viera-Blanco: La imparcialidad de la CPI en juego…    

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22.04.2025

“La imparcialidad de la CPI está en juego. De su eficiencia y objetividad depende la justicia universal, garante de la paz, la libertad, la integridad y la dignidad de los pueblos oprimidos. Que haya justicia en La Haya. No es solo un lema, es un compromiso, es una deuda permanente con la humanidad”

La Corte Penal Internacional [CPI] enfrenta un dilema ético. Atender una interpretación del Estatuto de Roma [ER] siguiendo la letra de la ley de forma exégeta y restrictiva o atendiendo la naturaleza de las normas de derecho internacional, tutoras de los DDHH y contra crímenes de lesa humanidad, que demandan una interpretación teleológica y moral, donde prevalezcan las facultades inherentes de la Sala de Apelaciones. Pronunciarse o no de oficio sobre el posible conflicto de interés del Fiscal Karim Khan en el caso Venezuela I, es el dilema.

El silencio alienta al torturador, nunca al torturado. Y la ‘neutralidad’ llevada a un punto de impunidad, produce la más peligrosa de todas las injusticias, que es matar la verdad, matar el espíritu de lucha, matar a la propia justicia. Que haya justicia en La Haya, no es un slogan. Es un compromiso histórico con las víctimas de crímenes de lesa humanidad, que por carecer de justicia en sus territorios, tienen en la justicia universal, la luz, la esperanza.

Un juez, un fiscal, un magistrado de la CPI, no sólo atiende un reglamento sino también obedece a principios fundamentales del hombre: la vida, la libertad, la defensa de la dignidad humana. Una misión que demanda tanto vigilancia del proceso como integridad de sus mandatarios.

Qué está pasando en la CPI y el caso Venezuela I.

En un contexto global donde la legitimidad de las instituciones internacionales está siendo puesta constantemente a prueba, la reciente opinión emitida por la Oficina de Defensa Pública de las Víctimas (OPCV) de la CPI, marcó un hito crucial para la credibilidad de este tribunal. El pronunciamiento reciente de fecha el 15 de abril de 2025, no sólo plantea dudas sobre la posible existencia de un conflicto de interés del Fiscal Karim Khan en la situación Venezuela I, sino que también subraya una verdad jurídica y ética ineludible: la imparcialidad no es negociable.

La Abogada Principal de la OPCV, Paola Massidda, articula un argumento fundamentado en torno a un principio básico del Estado de Derecho: la necesidad de que todas las partes del proceso—incluido el Fiscal—actúen con imparcialidad. Lo notable no es sólo el señalamiento del potencial conflicto de interés sino la insistencia que la Sala de Apelaciones de la CPI, tiene la facultad inherente de intervenir de oficio ante señales de amenaza a la imparcialidad, incluso cuando no media una solicitud formal por parte de un acusado en el proceso.

Este planteamiento interpela directamente a la Sala de Apelaciones de la CPI como garante supremo de la integridad del proceso judicial. Si bien el marco normativo de la CPI [en particular la Regla 34 del Reglamento de Procedimiento y Prueba], establece límites a la legitimación activa, el argumento de la OPCV es claro: “cuando se trata de la imparcialidad del proceso, esos límites deben ser interpretados a la luz de una responsabilidad ética superior”. Estamos ante una disyuntiva trascendental para el futuro de la CPI: ignorar el contenido sustantivo de la información presentada sobre el........

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