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Breve comentario a la sentencia de la sala IV de lo Social del T.S. de 23 de septiembre de 2025

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24.02.2026

Partiendo de la base de la dificultad que genera resumir en unas líneas el contenido de una sentencia de la Sala de lo Social del T.S., procuraré, o al menos, lo intentaré, compaginar la brevedad y claridad en el resumen, para que mis lectores tengan una visión clara y sencilla del tema.

La situación de hecho es, si el tiempo de la comida durante la jornada laboral debe ser considerado o computado como tiempo de la misma y, en consecuencia, retribuido o, si por el contrario, se considera como tiempo de descanso, sin ser retribuido.

La Sala de lo Social del T.S. resuelve que la pausa, esto es, el tiempo de la comida,........

© La Opinión de Zamora