Restitución de facultades de la cámara de diputados
Nuestra Carta Fundamental establece que, si las elecciones no se efectúan dentro del plazo señalado, la Cámara de Diputados disuelta se reúne de pleno derecho, recobra sus facultades y destituye al Consejo de Ministros. Ninguno de los miembros de este puede ser nombrado nuevamente ministro durante el resto del período presidencial.
La democracia constitucional, para ser genuina, no solo debe organizar el poder, sino también prever las rutas de retorno institucional cuando dicho poder se desvía o se suspende ilegítimamente. En ese sentido, el texto constitucional —reformado por la Ley N.º 31988 y vigente desde las elecciones generales del 2026— incorpora una cláusula de salvaguarda que permite a la Cámara de Diputados disuelta reconstituirse de pleno derecho si el Ejecutivo incumple su deber de convocar a elecciones en el plazo legal. No se trata solo de una previsión técnica, sino de una afirmación republicana: en una democracia madura, no hay vacío que el pueblo no pueda llenar con su........
