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La nueva Corte y la protección animal

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01.02.2026

El 2 de diciembre de 2024, se publicó el Decreto por el que se Reforman y Adicionan los Artículos 3o., 4o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Protección y Cuidado Animal.

En el artículo 3o. se estableció la obligación del Estado para incorporar en los planes y programas de estudio oficiales la protección de los animales.

En el artículo 4o. se sumó la prohibición de maltrato de los animales, así como la obligación del Estado de garantizar su protección, trato adecuado, conservación y cuidado de acuerdo con las leyes.

En el artículo 73, fracción XXIX-G, se añadió entre las materias la facultad del Congreso de la Unión para expedir leyes concurrentes, la de protección y bienestar de los animales.

No se ha emitido ley reglamentaria en la materia, sin embargo, la prohibición de maltrato es absoluta, no quedó condicionada a la expedición de ninguna norma, si la falta de ésta pudiera servir de........

© El Universal