menu_open Columnists
We use cookies to provide some features and experiences in QOSHE

More information  .  Close

El verdadero significado de una decisión

13 1
08.06.2025

El Presidente de la República ha instruido la modificación de un antiguo Decreto. Fue suficiente para provocar, desde ambos lados del frente de batalla electoral, un nutrido fuego de invectivas que alcanzaron al propio primer mandatario y a la candidata que hasta el momento detenta, según las encuestas, la mayor probabilidad de sucederlo en el cargo.

Todos hablan de Punta Peuco, pero ¿están seguros de saber realmente de qué están hablando?

El Decreto que el Presidente ordenó modificar fue publicado el 21 de octubre de 1995, cuando el “Centro de Detención Preventiva y Cumplimiento Penitenciario Especial Punta Peuco” se encontraba ya en funcionamiento con un conspicuo y solitario residente, el brigadier Pedro Espinoza Bravo. El Decreto es simple, pues consta de sólo dos artículos que en total suman apenas ocho líneas. El primero de ellos anuncia la creación del Centro y que su dirección y administración corresponderá al Servicio de Gendarmería. El segundo agrega que el ministerio del Interior y Gendarmería “podrán requerir la colaboración de otros organismos públicos para el desarrollo de tareas específicas al interior del penal”. Lo firman Eduardo Frei Ruiz-Tagle, Presidente de la República y Soledad Alvear Valenzuela, ministra de Justicia.

Y eso es todo. El texto no habla ni de militares ni de Derechos Humanos. El carácter “especial” del recinto, planteado en el primer párrafo y explicado en el segundo, refería a la posible colaboración de otro organismo público que resultó ser el Ejército. Originalmente, esa colaboración significó que cincuenta militares se trasladaran en comisión de servicio a Gendarmería para cumplir la función de vigilancia interna del recinto con la denominación de “guardia mixta”. Tal función con el tiempo se desvaneció, los........

© El Líbero