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Renovación institucional

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01.02.2025

Esta medida excepcional, prevista en el artículo 213 de la Constitución, permite al Ejecutivo adoptar medidas extraordinarias para preservar el orden público. Sin embargo, su aplicación en este caso no solo refleja el colapso de una política de seguridad, sino también el incumplimiento de promesas que marcaron su camino hacia la Presidencia.

Durante la campaña presidencial afirmó que, bajo su gobierno, el Ejército de Liberación Nacional (ELN) se desmovilizaría y firmaría la paz. Estas declaraciones resonaron entre un electorado cansado de la violencia y deseoso de un cambio. Sin embargo, casi dos años después, la realidad es opuesta. El grupo guerrillero no solo no se ha desmovilizado, sino que ha fortalecido su control territorial y su capacidad operativa, poniendo en jaque al propio gobierno.

Aunque el presidente se otorga facultades extraordinarias para legislar por decreto, suspendiendo temporalmente algunas garantías constitucionales en aras de restablecer el orden público, durante su carrera política fue un crítico........

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