Red de Instituciones Larenses: ¡Para no olvidar! “El derecho al derecho”
“La gente debe aprender nuevamente a trabajar, en lugar de vivir a costa del Estado”.
MARCO TULIO CICERÓN –AÑO 55 A. C.
Marco Tulio Cicerón fue un político, filósofo, escritor y orador romano. Se le considera uno de los más grandes retóricos y estilistas de la prosa en latín de la República romana.
Sin pretender ser docto en la materia, quisiera recordar a mis respetados y apreciados lectores algunas normas que rigen el proceder ciudadano. Tampoco quiero dar clases de urbanidad, de moral o de civismo; reconociendo que soy un ser humano que tiene el deber de ejercer el derecho de errar, tan sólo, me propongo llamar a reflexión para que, impere la prudencia, actuando con sensatez…
CÓDIGO CIVIL
TÍTULO PRELIMINAR
DE LAS LEYES Y SUS EFECTOS, Y DE LA REGLAS
GENERALES PARA SU APLICACIÓN.
“Artículo 2°- La ignorancia de la Ley no excusa de su cumplimiento.
Artículo 4° – A la ley debe atribuírsele el sentido que aparece evidente del significado propio de las palabras, según la conexión de ellas entre sí y la intención del legislador.
Cuando no hubiere disposición precisa de la Ley, se tendrán en consideración las disposiciones que regulan casos semejantes o materias análogas; y, si hubiere todavía dudas, se aplicarán los principios........© El Impulso
