La justicia según Trump: perder, desacatar, reformar
Donald Trump firmó dos nuevas órdenes ejecutivas para restringir la ciudadanía por nacimiento. Lo hizo apenas cinco semanas después de que la Corte Suprema de los Estados Unidos anulara su primer intento por contravenir la Decimocuarta Enmienda.
Perdió ante los jueces y respondió con más decretos. En algunas democracias del resto del continente, a eso todavía se le llama perseverancia jurídica. En otras, es el principio de un método.
La resolución del 30 de junio fue inequívoca. La ciudadanía corresponde, con excepciones muy limitadas, a quien nace en territorio estadounidense. Así lo establece la Constitución desde 1868 y así lo confirmó la Corte en 1898, en el caso United States v. Wong Kim Ark. Ni siquiera una mayoría conservadora, en un tribunal integrado por tres magistrados nombrados por Trump, pudo convertir una orden presidencial en reforma constitucional.
La respuesta de la Casa Blanca consistió en reducir el perímetro sin abandonar la ofensiva. Uno de los decretos combate el llamado “turismo de nacimiento”, mediante controles y sanciones para quienes presuntamente obtengan visas con el propósito de dar a luz en Estados Unidos.
El otro pretende excluir de la ciudadanía automática a hijos de determinadas categorías de extranjeros, entre ellas personas calificadas como enemigos y miembros de organizaciones terroristas.
Donde la Corte cerró una puerta, Trump busca una ventana, una rendija o, en su defecto, una pared de tablaroca. Parte de esta nueva estrategia puede tener sustento legal. Estados Unidos ya contempla excepciones para hijos de diplomáticos y puede sancionar el fraude migratorio.
Usualmente un gobierno conserva facultades amplias para otorgar visas, impedir ingresos y perseguir declaraciones falsas. La diferencia entre regular la entrada al país y retirar un derecho constitucional adquirido al nacer, sin embargo, no es un tecnicismo.
Es la diferencia entre........
