La importancia de ser foráneos
Tal como lo habíamos anticipado desde el pasado mes de abril, la concesión del recaudo de Megabús se otorgó a una empresa española, Heimdal Seguridad S.L., con domicilio en Valencia, España, con experiencia en el control de flotas de vehículos, e Innovar Tecnología y Servicios SAS, de Barranquilla, compañía a la que no le aparece en el RUES experiencia como contratista del Estado y tendrá el 80% del consorcio que operaría el contrato, mientras la española tendrá el 20%, lo que la dejará fácil de excluir en un futuro.
La adjudicación estuvo precedida de una cortina de humo que conviene referir: en los días anteriores la prensa nacional, citando un veedor foráneo y aparentemente mal informado, publicó información sensacionalista alejada de la realidad, pues no se estaba tramitando una prórroga, sino una concesión nueva; la apertura de la licitación no se estaba postergando, pues cuando se publicó esa noticia la licitación estaba finalizando; no ha habido prorrogas sucesivas, pues sólo hubo una firmada hace dos años, que se vence en agosto próximo y es la causa de la licitación que aquí nos ocupa.
Y tampoco es exacto lo de la eventual violación a la Ley 80, puesto que MEGABUS, como empresa comercial del Estado rige su contratación conforme al derecho privado, según lo dispuesto en el Artículo 93 de la Ley 489 de 1998.
Pero la evidente falsedad de estas........
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