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Los hijos no se expropian

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28.05.2025

En la historia de la humanidad, pocos vínculos han sido tan sagrados y fundamentales como el que une a los padres con sus hijos. Este lazo no es una construcción jurídica, ni una concesión del Estado: es un derecho natural que nace con la vida misma. Los padres son los primeros responsables del bienestar, la formación, el amor y el cuidado de sus hijos. Ejercen la patria potestad no por delegación de un gobierno, sino por naturaleza y por vocación.
La Constitución Política de Colombia y el Código Civil reconocen este principio: “La familia es el núcleo fundamental de la sociedad”. El Artículo 288 del Código Civil Colombiano establece que la patria potestad corresponde al padre y a la madre por igual. La patria potestad la ejercen los padres, y solo en situaciones excepcionales, como el abandono, el maltrato o la incapacidad manifiesta para garantizar los derechos del menor, el Estado puede intervenir.
En Colombia, la patria potestad es un derecho-deber fundamental que recae sobre los padres respecto a sus hijos menores de edad. Más allá de ser una figura jurídica, representa un compromiso ético y humano con la formación integral........

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