Derechos políticos de la juventud
La Constitución boliviana es todavía discriminatoria y restringe innecesariamente el derecho de la juventud a ser electa y designada para los cargos ejecutivos, judiciales y de control del Estado. Es necesario que se exija su corrección.
En la normativa, aún no existe consenso sobre edades de la juventud. Según la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes, se considera personas jóvenes a aquellas de entre 15 y 24 años (art. 1). La Constitución, al decidir que la adolescencia es hasta los 18 años, coloca al siguiente grupo generacional (juventud) desde ese límite (arts. 58 y 144.I), y la Ley 342 de la Juventud considera que la juventud está conformada por personas de entre 16 y 28 años (art. 7.1). Así, en dos normas se sobreponen dos grupos generacionales: la adolescencia y la juventud. Haciendo una armonización interpretativa, se puede concluir que la juventud abarca a personas de entre 18 y 28 años, aunque debería ser hasta los 29, a modo de que el cambio de dígito dé el ingreso a la adultez.
El derecho político implica, entre otros aspectos, el derecho a........
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