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El anteproyecto de ley de contratos de crédito al consumo desde la perspectiva de la protección de datos

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30.06.2026

El anteproyecto de ley de contratos de crédito al consumo aprobado el 7-1-2026 inicia el proceso de trasposición en España de la Directiva 2023/2225 relativa a los contratos de crédito al consumo. Trata de reforzar la protección de los consumidores mediante la transparencia, el crédito responsable y la prevención del sobreendeudamiento, según afirma su exposición de motivos. Para ello, obliga a las entidades prestamistas a realizar cambios importantes en los procesos internos de oferta y asunción del riesgo, que conllevarán tratamientos de datos personales. Por ello, es necesario también revisar las innovaciones que impone desde la perspectiva de la protección de datos.

Concurrencia normativa y competencial

De entrada, el anteproyecto aclara que la atribución al Banco de España (BdE) de la competencia para vigilar el cumplimiento de la propia norma no limita las competencias de la Agencia Española de Protección Datos (AEPD).

Esta aclaración, técnicamente innecesaria, pone de relieve que las entidades quedarán sometidas a la competencia sancionadora concurrente de ambos organismos, sin el límite del principio jurídico de non bis in idem ("nadie puede ser sancionado dos veces por lo mismo").

En este mismo sentido, el anteproyecto determina que las infracciones muy graves de protección de datos infringen también sus propias disposiciones, de modo que el BdE podrá revocar la autorización para operar en el caso........

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