Negaron la consulta popular en el CSU: el pueblo es superior a sus dirigentes
Alfredo Vargas Ortiz
Abogado y Docente Universidad Surcolombiana
Doctor en Derecho Universidad Nacional de Colombia
El 7 de abril de 2025 se registrará en la historia del país y de la región que, en la Universidad Surcolombiana, no existen posibilidades de ejercer la democracia y la participación ciudadana tal como lo consagra el artículo 103 de la Constitución Política y la Ley 134 de 1994, que establece la consulta popular como un mecanismo de participación ciudadana para consultar al pueblo sobre decisiones que les afectan. De igual manera, se vulnera el principio institucional que establece que en la universidad se debe garantizar la democracia, la cual se traduce en el “ejercicio del poder que reconoce y garantiza las libertades individuales, la igualdad en derechos y oportunidades, y las diferencias multiculturales; por ello, la universidad promoverá........
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