Derechos humanos, conflictos sociales y medio ambiente
Por: Alvaro Hernando Cardona González
La protección de los derechos inherentes al ser humano, que son inclaudicables, no necesita de determinadas denominaciones y de especiales inserciones normativas. Precisamente son propios del ser humano, del animal humano, del ser vivo racional.
Así que no hay necesidad de especificar que los estudios de impacto ambiental (EIA) recojan la manera de proteger los derechos humanos. Si un EIA está bien hecho y se ejecuta su plan de manejo sin ambages, los derechos humanos a la salud y la vida, están garantizados. Tememos, como muchos, que al contrario, al insistir en ello, en algunos casos, puede llegar a acomplejar la protección........
