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¿Qué justicia europea?

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03.08.2026

Los quince jueces del TSJE (Tribunal Superior de Justicia Europeo) en Luxemburgo no han sentenciado sobre la constitucionalidad de la ley de amnistía, que ya calificó hace un año nuestro Tribunal Constitucional, sino que han respondido a dos cuestiones -“prejudiciales”- de nuestro Tribunal de Cuentas y de nuestra Audiencia Nacional, respectivamente: sobre si los fondos empleados en el proceso separatista afectaban o no a la financiación europea, y si la amnistía concedida a los doce miembros, acusados por terrorismo, de los CDR (Comités de la Defensa de la República) era compatible con la Directiva Europea sobre Terrorismo. La respuesta a la primera cuestión ha sido negativa, y a la segunda, positiva. En una palabra, para el TSJE, si no hay muertos y heridos, no hay “violaciones graves de derechos humanos”. 

La Gran Sala del TSJE ha llegado a decir en algunos de sus argumentos que la motivación de la ley de amnistía española, aprobada por las Cortes, era “reducir tensiones institucionales y políticas, y facilitar un escenario de reconciliación”, lo que se da de bruces con los persistentes propósitos de los separatistas catalanes que, un día sí y otro también, se reafirman en su decisión de irreconciliación y de........

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