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Nicolás Maduro, ni renuncia ni lo renuncian

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01.02.2026

El secretario de Energía de los Estados Unidos de América asomó la posibilidad de que en una Venezuela invadida y tutelada se realicen elecciones dentro de año y medio o dos años.

En un giro inesperado que ha sacudido las bases institucionales de Venezuela, el presidente Nicolás Maduro fue víctima de un secuestro que lo apartó abruptamente del Palacio de Miraflores. Este acto criminal, ocurrido en circunstancias aún no esclarecidas por completo, privó al mandatario de su libertad y lo impidió materialmente de ejercer sus funciones presidenciales. Lejos de ser un abandono voluntario o una renuncia, este evento representa una imposición violenta ajena a su voluntad, planteando un desafío inédito al marco constitucional venezolano. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su diseño preciso, distingue entre faltas temporales y absolutas del Presidente, priorizando la continuidad del Estado y la legitimidad democrática sin precipitar vacancias prematuras.

El artículo 233 de la Constitución enumera de manera taxativa las causales de falta absoluta: muerte, renuncia, destitución por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia, incapacidad física o mental permanente certificada por una junta médica con aprobación de la Asamblea........

© Aporrea